El tiro de gracia a las Autonomías
En nuestro anterior artículo "Por la razón o la fuerza, la autonomía está en peligro" sostuvimos que el Estado Autonómico no estuvo, no está y no estará en la visión
política del Movimiento al Socialismo. Y la mejor evidencia de esto es el
Proyecto de “Ley de Clasificación y Definición de Impuestos y de Regulación
para la Creación y/o Modificación de Impuestos de dominio de los Gobiernos
Autónomos” que ha sido aprobado por la Cámara de Senadores y con la cual se dará
el tiro de gracia a las Autonomías.
En la primera parte
se clasifican los impuestos de dominio nacional, departamental y municipal, con
una clausula residual centralista (artículo 6 parágrafo II) que impide la
posibilidad de crear cualquier nuevo impuesto que no haya sido clasificado como
departamental o municipal en dicha ley, con lo que la autonomía está prácticamente
muerta.
Con lo que, una
competencia exclusiva constitucional (creación y administración de impuestos de
carácter departamental y municipal) de los órganos legislativos departamentales
y municipales; elegidos por voto popular directo, queda subordinada a la
voluntad de un funcionario del nivel central designado a dedo por el
Presidente, violando –por si no fuera suficiente- el artículo 410 de la
Constitución en su integridad.
Ya de por si es
imposible hoy saber cuáles son las recaudaciones tributarias efectivas del
gobierno nacional, y si estas son distribuidas de manera correcta –léase
legalmente- entre los gobiernos municipales y departamentales, lo cual hace
imposible un control cruzado del destino de los recursos estatales, limitando
la capacidad de gestión de los gobiernos subnacionales a la voluntad del órgano
ejecutivo nacional que realiza esas transferencias.
Con esta norma se
incrementa la dependencia total de la autonomía departamental del nivel central
del Estado, pues estos serán esclavos de los recursos hidrocarburiferos (regalías
e impuesto directo a los hidrocarburos), distribución que estará sujeta –como
ya lo vimos con los DS 29323 y 29400- a la voluntad del órgano ejecutivo
nacional y de sus preferencias políticas partidarias.
En el caso de los
gobiernos municipales la historia no es diferente, en febrero la Federación de
Asociaciones Municipales de Bolivia denunció que la Ley Financial 2011
vulneraba las autonomías municipales imposibilitando a las alcaldías hacer
modificaciones a sus presupuestos cuando estos se incrementen o disminuyan,
marcando un claro retroceso de la autonomía municipal a 17 años de la aprobación
de la Ley de Participación Popular que paz descansa.
Otra oportunidad
perdida para cambiar el modelo tributario estatal, que reconfigure la relación
rentista de los gobiernos subnacionales, generando un pacto fiscal partiendo
del principio de subsidiariedad y corresponsabilidad fiscal. Y a partir de
esto, los gobiernos subnacionales realicen esfuerzos para: a) ampliar el
fomento de las actividades económicas en base a la vocación productiva de sus
respectivas jurisdicciones; b) promover la formalización de sectores
económicos; y c) incrementar la capacidad de fiscalización tributaria,
generando un efecto de sinergia que amplié la base tributaria y como
consecuencia las recaudaciones del Estado en su conjunto.
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